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"DERECHO AMBIENTAL Y DEL CAMBIO CLIMÁTICO GLOBAL"
Autor: Dino Luis Bellorio Clabot – Editorial: AD HOC, 2021.

Citar: elDial.com - CC7148

Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

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"DERECHO AMBIENTAL Y DEL CAMBIO CLIMÁTICO GLOBAL"

Autor: Dino Luis Bellorio Clabot – Editorial: AD HOC, 2021.

 

Por Dino Luis Bellorio Clabot

 

1. Este libro fue pensado desde la información, las ideas y reflexiones que generaba el fenómeno del cambio climático en la época prepandemia; y escrito durante la plena pandemia, de la cual no hemos salido.

 

Lo pensamos en momentos en que claramente nos representábamos la realidad inminente y la cercanía de la crisis climática global, cuando de pronto asomó y se difundió el virus del COVID 19…

 

2. Nuestras reflexiones debieron entonces asumir la "gravísima pandemia", sus causas y consecuencias, su proyección a través de las reglas del comportamiento humano, sus normas e incumplimientos (hoy estudiadas en ciencia), su impacto en el campo de la salud, en el campo económico y social, sanitario, político, jurídico y ambiental, poniendo sobre el tapete y en serio cuestionamiento las formas de nuestro comportamiento…  a la par que cobraban notable desarrollo los principios e institutos de un derecho del cambio climático global, a favor de la evolución del pensamiento universal, canalizado en compromisos, costosamente retrasados, a través de los acuerdos por el clima (Paris mediante), la expectativa de la COP de Glasgow y de la diversidad biológica (volviendo si se quiere, a las bases de Río 1992, cuando se abrieron a  la firma las dos convenciones) y por supuesto, su proyección en los objetivos actuales de la Agenda del Desarrollo Sostenible.

 

3. Indudablemente el derecho del cambio climático (que tiene en la Facultad de Derecho UBA un importante "Programa de Derecho del Cambio Climático" sostenido por varios de nuestros distinguidos colegas) otorga una nueva proyección al derecho ambiental.

 

La cuestión climática, del cambio climático, es un tema central en el derecho ambiental de nuestros días.

 

El cambio climático condiciona el ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano al cual tenemos derecho, consagrado constitucionalmente.

 

Con las olas de calor en aumento, con la temperatura media ya cerca de los 1,5 grados establecidos como límite y las consecuencias conocidas que afectan al Planeta y la vida del hombre y de las especies, nos seguimos preguntando - como desde hace algunos años - ¿adónde va el Mundo'... si se podrá sostener la vida en esas condiciones; cuando ya se habla del Punto de No Retorno, de catástrofe climática, "el Mundo en alerta roja" (Naciones Unidas) y el hombre es el responsable según la ciencia. Como dijimos, el comportamiento humano está en el banquillo y lo debemos asumir.

 

4. Como profesores debemos investigar constantemente, actualizar contenidos y propuestas, y abrir la mente a nuevas ideas, en el aprendizaje de las ciencias, en el amplio campo incluyente del Derecho…

 

Hace tres años publicábamos "Derecho Ambiental Innovativo", cuando empezaba a plantearse la implementación de la Agenda 2030, el Acuerdo de París y el propio Código Civil Argentino reformado. Para nuestra crisis climática, se trata de "un largo y complejo camino de implementación", y aquí en este libro mostramos algo de ese recorrido hasta el presente. Camino de la COP 26.

 

5. Desde una visión integradora y amplia, el cambio y la crisis climática se han convertido en un eje central de la problemática ambiental y del desarrollo sostenible.

 

Los nuevos paradigmas que configuran la crisis climática, el ambiente y el desarrollo humano, impactan sobre la propia proyección de las actividades humanas, el uso los recursos planetarios, los bienes de la naturaleza y la satisfacción sostenible de nuestras necesidades y exigencias. Estas tendencias muestran certezas que se han venido consolidando… cuando aparece el Coronavirus…

 

Hemos estudiado y escrito sobre el impacto de la pandemia en el derecho ambiental y en este libro se trata también de reflejar este nuevo escenario. Decimos entonces que la crisis climática abarcativa, su compresión y tratamiento científico, las respuestas institucionales a nivel global y local, las acciones requeridas y su implementación, y el impacto y consecuencias del COVID, conforman ese nuevo escenario que abraza por lo menos gran parte de la problemática ambiental de nuestro tiempo y los objetivos del desarrollo sostenible, todos ellos relacionados con la cuestión climática, los derechos humanos y las acciones para enfrentar la crisis.

 

La compleja cuestión del cambio climático tal como se presenta constituye hoy una problemática abierta a un serio desafío para la humanidad,

 

Aquí decimos que, si la pandemia ha representado y representa un terrible flagelo y un colapso mundial, la crisis climática no le va en zaga y obliga a una consideración más cercana, estrecha y realista.

 

6. Este libro sigue todas las alternativas de los foros y congresos mundiales sobre ambiente, clima y desarrollo sostenible, pasa revista a todos los compromisos asumidos por los países y a las etapas de trato y negociación que desde del siglo pasado culminaron en el Acuerdo de Paris de 2015 y recorre las instancias de su implementación en el tiempo, en procura de resultados al parecer cada vez más postergados.

 

Paralelamente al enfoque global que enfatiza en las causas y consecuencias del cambio climático a partir de las políticas y actividades en los países desarrollados, hay una fuerte mirada a la acción climática global y local, a los compromisos de los países de la región y en particular de la Argentina -con nueva legislación- al mismo tiempo que presenta un análisis detallado, no excluyente, de fenómenos naturales y sociales ligados a las causas de la crisis climática y a las políticas y regulaciones que han debido adoptar la mayoría de las naciones.

 

No escapan al análisis pretendido, los encuentros, reuniones y propuestas de los jóvenes, de las mujeres y sus organizaciones con las expresiones de los grupos más vulnerables, que asumen la crisis y tienden un puente al futuro y a la esperanza.

 

También se incluyen en la obra las cuestiones de acceso y organización de una justicia ambiental y climática para impulsar una nueva institucionalidad destinada a la defensa del Planeta y los derechos humanos frente a actividades, conductas y crímenes que los vulneran o desconocen.

 

Creemos que los estudios y la ponderación del fenómeno climático con base científica y su adecuada difusión contribuye a crear conciencia y responsabilidad social y solidaria en la acción climática para hacer posible la vida en el planeta en los años próximos.

 

7. Precisamente, las partes del libro han seguido un camino o recorrido que pretende inicialmente afirmar la institucionalidad climática en la proyección de nuestro derecho ambiental innovativo, considerando aspectos legales y organizacionales de la implementación global y local de las convenciones y acuerdos sobre el cambio climático. Considerando para ello una secuencia extendida y compleja.

 

8. La segunda parte trata de la ponderación del fenómeno climático con base científica, los desafíos de la agenda global y en relación a las futuras generaciones. La valoración de la información científica, las estrategias para las generaciones futuras y la inversión en clima como cuestión central, junto a la necesidad de nuevos enfoques y respuestas efectivas

 

9. A continuación vienen los nuevos retos: "actuar por el planeta, actuar mediante el derecho. avanzar en la acción climática. Aumentar la ambición."

 

Aquí se tratan el Pacto Mundial por el Ambiente y el nuevo paradigma y las reflexiones hacia la transformación completa de las economías siguiendo los objetivos de desarrollo sostenible; y los compromisos para avanzar en la acción climática con particular referencia   en tiempos de pandemia.

 

10. La obra proyecta luego las ineludibles referencias a UN MUNDO EN TRANSICIÓN, el impacto global de las actividades humanas sobre los ecosistemas terrestres y una nueva era geológica, la caracterización de la nueva agenda climática dinámica; la pandemia del COVID- 19 y la crisis climática en las ciudades; las reflexiones de científicos e investigadores en la prensa, redes y otros medios de comunicación. el compromiso de gobiernos y líderes mundiales; con especial atención al fenómeno de las crisis actuales y en la promoción de un cambio en nuestro modo de vida. Los anuncios de las últimas cumbres y los compromisos de la Argentina. La sanción de la reciente ley 27.621 para la Implementación de la Educación Ambiental Integral en nuestro país, con una importante definición sobre los Principios y la Estrategia Nacional para la Sustentabilidad en las Universidades Argentinas. Finaliza esta parte con las Reflexiones y propuestas sobre “la fraternidad y la amistad social” en la palabra del Papa Francisco, con su FratelliTutti y en relación a su concepción de la Ecología Integral desarrollada en Laudato Si.

 

11. La quinta parte refiere a lo que hemos llamado "La Argentina ambiental", la relación del derecho ambiental y climático con los nuevos enfoques, en particular sobre aspectos parciales, la protección de humedales y de los bosques en contextos de pandemia y cambio climático.

 

Por recientes y conocidos como base de nuestro derecho ambiental, la obra no incluye referencias directas a la legislación básica ambiental, suficientemente tratadas en obras anteriores, en particular en nuestro caso, en el mencionado libro Derecho Ambiental Innovativo, de relativamente reciente edición.

 

Se abordan aquí "in extenso" la problemática actual de los humedales y el cambio climático; los incendios forestales en la Argentina y las modificaciones a la ley 26.815 de manejo del fuego: la situación de contexto climático. La legislación argentina sobre cambio climático, en particular la ley 27.520 de presupuestos mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global, sus antecedentes, contenido, alcances y su reglamentación. Asimismo, se trata sobre "la Formación integral en ambiente", de la mano de la ley Yolanda (27.592); los derechos del triple acceso con la vigencia del Acuerdo de Escazú (ley 27.566) y su incidencia en la consolidación de derechos y la generación de nuevas instituciones; sigue al tema de la "Justicia ambiental y climática", sus implicancias y algunas consideraciones en torno de la necesidad de un  fuero especifico; los temas del derecho penal ambiental y climático y la jurisprudencia global en materia de cambio climático (nacional e internacional).

 

12. Finalmente, la parte Sexta y última refiere al tema del Comercio y el Desarrollo Sostenible en asociaciones estratégicas entre grandes bloques económicos y su relación con la protección del ambiente y el clima, en el acuerdo Mercosur-UE en vínculo a estos temas cruciales y al desarrollo sostenible.

 

13. Por otro lado, la innovación legal y del emprendimiento, en miras de la sustentabilidad para un nuevo desarrollo humano, fluye en los nuevos contenidos que muestran la evolución de las ideas en la política, de nuevos derechos y garantías, el avance y consolidación de los principios ambientales y climáticos y de nuevas estructuras y aspectos organizacionales que requiere la realidad actual.

 

14. Entendemos que el aporte académico del campo del derecho (en la atención de esta nueva realidad) es esencial siempre que considere la integración de las ciencias y un accionar conjunto para generar políticas y acciones que tengan que ver con el comportamiento social, los hábitos, las creencias y defina la toma de posiciones, estrategias y reglas que debemos cumplir para enfrentar la crisis climática global, compleja y extendida que hoy impacta a la humanidad. La armonización y sintonía de estos esfuerzos con los objetivos de la Agenda Mundial y una acción sostenida y solidaria por parte de todos, podrán contribuir a hacer posible una sociedad más justa, equitativa y vivible. Sin dudas, no será fácil, pero habrá que caminar en ese camino.

 

 



 

 

 

 

 

 

 

 

Citar: elDial.com - CC7148

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